Descripción
Misión
Corresponderá como misión, al Secretario Municipal la realización de las actividades de secretaría administrativa tanto del Alcalde,del Concejo Municipal como del Consejo Comunal de la Sociedad Civil y desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones municipales.
En adición deberá velar por los sistemas de partes e informaciones de la Municipalidad, el registro
y control de curso de la documentación que ingresa al Municipio, así como del registro y despacho de la correspondencia oficial.
Objetivos
Corresponderá al Secretario Municipal realizar la gestión necesaria para el cumplimiento, a través de las unidades de su dependencia, de los siguientes objetivos:
1. Desempeñar funciones administrativas que apoyan al Alcalde y al Concejo;
2. Desempeñarse como ministro de fe en las actuaciones municipales, mediante la firma de los decretos, ordenanzas e instrucciones y certificación de los acuerdos del concejo;
3. Mantener el flujo, control, archivo y conservación de la documentación que ingresa y egresa del municipio, proporcionando en forma rápida y expedita la información que se requiera para el accionar municipal;
4. Confeccionar, transcribir y registrar los decretos, ordenanzas, instructivos y otros de acuerdo a los antecedentes del acto y ajustado a las normas vigentes;
5. Procurar el desarrollo eficiente de las comunicaciones entre la comunidad y el municipio;
6. Participar de la Misión municipal, desarrollando anualmente planes y programas de trabajo de su unidad y presentando su evaluación al alcalde y Concejo;
Funciones
1. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades inherentes a la Unidad, respondiendo de ello a su superior directo y velando por la coherencia de la acción de ésta con las demás unidades del municipio;
2. Administrar los recursos humanos de su unidad encuadrándose en la normativa legal, en las instrucciones jerárquicas de su Jefatura y en las normas y planes de acción que al respecto se apliquen;
3. Velar por la oportuna entrega de antecedentes solicitados por las unidades funcionales del Municipio;
4. Dirigir la realización de las actividades inherentes a la secretaría administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal, asumiendo para el efecto el rol que le corresponde como jefe de una repartición municipal;
5. Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales;
6. Certificar y proporcionar la información de acuerdos y decisiones del Alcalde y del Concejo que incidan en la gestión de las distintas unidades que conforman la administración superior de la Municipalidad;
7. Ejercer las funciones de secretario del Concejo Municipal...
8. Supervisar y coordinar las actividades de relaciones públicas, comunicación social y actividades protocolares, que digan relación con el quehacer municipal;
9. Transcribir las resoluciones de la Alcalde, acuerdos del Concejo;
10. Redactar y distribuir los oficios, decretos, circulares y comunicaciones externas o cualquier otro material informativo que se le encomiende;
11. Elaborar y mantener registros clasificados de la documentación interna y de la documentación recibida y despachada por la municipalidad;
15. Supervisar el desarrollo de actividades administrativas de apoyo directo al alcalde;
18. Firmar los actos administrativos que le haya delegado la alcalde mediante decreto Alcaldicio;
19 Constituir las organizaciones comunitarias de la comuna y llevar registro de ellas;
20. Velar por la gestión eficiente de las unidades orgánicas que el Reglamento Interno le asigne como dependencias.
Requisitos Legales
Los señalados en el artículo Nº 12 de la Ley 19.280 y D.F.L 80-19280/94.
Departamentalización Operacional
1.2 Secretaría Municipal
1.2.1 Oficina de Relaciones Públicas
1.2.2 Oficina de Partes